JurídicoESEN
Order (Auto)June 8, 2010

A- de 2010

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio

✓Claimant Sin Información·Respondent Sin Información

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y La Vida
  • Solicitar informe a cada EPS sobre recobros y los ordenados por vía de tutela en el seguimiento de sentencia T-760/08
  • Solicitar informe a Ministerio de la Protección Social y Fosyga del total de recobros pagados a cada EPS y los ordenados por vía de tutela en el seguimiento de sentencia T-760
1 topic · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Mediante el presente auto se solicita al Ministerio de Protección Social, y al administrador del fondo fiduciario del FOSYGA, se presente un informe sobre la manera en que se están realizando los recobros, en cumplimiento de la orden vigésimo quinta impartida en la sentencia T-760 de 2008.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. Por la Secretaría General de esta Corporación SOLICITAR al Ministerio de la Protección Social y al administrador fiduciario del Fosyga que, en el término de diez (10) días, que presenten a esta Sala un informe conjunto, en medio físico y digital, con corte a 30 de abril de 2010, del total de los recobros pagados a cada EPS, EPS-S y EPS-I por la eliminación de los fundamentos de las glosas. El mismo debe contener, como mínimo, tanto los que fueron objeto de levantamiento automático - sentencias de tutela que se encontraban en estado de aprobación condicionada - como los que fueron objeto de la nueva radicación autorizada mediante las Resoluciones 3977, 3754 y 5033 de 2008 y 1099 y 3876 de 2009 y aquellos que han sido aprobados en las Mesas de Trabajo establecidas para el efecto.
  2. Además, dentro del mismo término, deben hacer un recuento de las medidas implementadas con el fin de agilizar el estudio de los documentos que soportan los recobros por servicios ordenados por vía de tutela, en aquellos casos en que la sentencia no ordena el recobro directo ante el Fosyga, así como un consolidado de la cantidad de recobros glosados por esta razón e indicar cuáles son los requisitos actuales que debe reunir una EPS para acceder a un recobro como consecuencia de un fallo de tutela.
  3. SEGUNDO. Por la Secretaría General de esta Corporación, SOLICITAR a cada una de las EPS, EPS-S y EPS-I que, en el término de quince (15) días, presenten a esta Sala un informe, en medio físico y digital, con corte a 30 de abril de 2010, del total de los recobros pagados por el administrador fiduciario del Fosyga como consecuencia del cumplimiento del numeral 25 de la sentencia T-760 de 2008, en los siguientes eventos: (i) levantamiento automático de glosas; (ii) presentación, en periodos de radicación adicional, de los que habían sido rechazados y (iii) aprobación en mesas de trabajo. Igualmente, deben allegar la relación pormenorizada de pagos pendientes, si es que existen, de esta clase de recobros, debidamente identificados y soportados.
  4. Además, dentro del mismo término, deben informar a esta Sala si ha surgido alguna dificultad para el reconocimiento de los recobros por medicamentos de marca, teniendo en cuenta la exigencia prevista en el literal f) del artículo 10 de la Resolución 3099 de 2008, en el se establece, como requisito para su pago, la justificación de la necesidad médica del medicamento en su denominación comercial.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.